El Superior Tribunal de Justicia en pleno puede, durante determinados lapsos y en la forma que lo prescribe esta Constitución, de conformidad con la reglamentación legal, disponer la actuación de Jueces de Refuerzo para complementar el servicio de justicia en cualquier órgano judicial que lo requiera. Los Jueces de Refuerzo tienen como misión dictar sentencias a fin de descongestionar la sobrecarga y desigualdades en el número de causas en trámite. En los Tribunales de pueden ser convocados por el Superior Tribunal de Justicia con el objeto de evitar la reiteración de los debates. Los abogados que se designan como Jueces de Refuerzo deben reunir los requisitos de los jueces titulares. La provisión de los refuerzos no suple, en su caso, las responsabilidades de los jueces titulares por retraso en el desempeño de sus funciones.
Qué significa en la práctica
El STJ puede designar abogados como "jueces de refuerzo" temporales para ayudar a juzgados sobrecargados a resolver causas acumuladas. Estos refuerzos deben tener los mismos requisitos que los jueces titulares, y su nombramiento no exime a los jueces titulares de su responsabilidad por demoras previas.
Ejemplo práctico
Si el juzgado civil de Trelew tiene 500 causas atrasadas, el STJ puede designar como juez de refuerzo a un abogado con 10 años de matrícula para que dicte las sentencias pendientes durante 6 meses.