Ley 0

Artículo 19Derechos implícitos

Texto oficial

Los derechos, declaraciones y garantías enumerados en la Constitución Nacional y en esta Constitución, no se entienden como negación de otros derechos y garantías no enumerados, pero que nacen del principio de la soberanía del pueblo y de la forma republicana de gobierno y que corresponden al hombre en su calidad de tal, como individuo y como integrante de las formaciones sociales en donde desarrolla su personalidad y busca el cumplimiento de sus deberes ineludibles de política, económica y social.

Qué significa en la práctica

El listado de derechos constitucionales no es taxativo: existen otros derechos no escritos que emergen de la dignidad humana, la soberanía popular y la vida democrática, y que también merecen protección.

Ejemplo práctico

El derecho a la identidad de género o el derecho al agua potable, aunque no estén nombrados expresamente, pueden invocarse como derechos implícitos ante los tribunales chubutenses.

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