Ley 0

Artículo 210Remoción de Empleados Judiciales

Texto oficial

Los demás funcionarios letrados y no letrados de la administración judicial son removidos con causa por el Superior Tribunal de Justicia, en el modo y forma que la ley determina.

Qué significa en la práctica

Los empleados judiciales que no son magistrados ni funcionarios de alto rango (secretarios, prosecretarios, empleados del ) son removidos por el STJ mediante un procedimiento disciplinario que fija la ley, siempre con causa justificada.

Ejemplo práctico

Un empleado del juzgado civil de Comodoro Rivadavia que comete una falta grave puede ser sumariado y removido por resolución del STJ, sin necesidad de juicio político ni Tribunal de Enjuiciamiento.

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