Ley 0

Artículo 216Fiscal de Estado: Designación y Requisitos

Texto oficial

El Fiscal de Estado es designado por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Legislatura y dura en sus funciones el tiempo del del Gobernador que lo ha designado, siendo inamovible durante ese período, excepto por las causales y los mecanismos previstos por esta Constitución. Para desempeñar el cargo se requiere ser ciudadano argentino, tener título de abogado, siete años de ejercicio profesional y cinco de residencia inmediata en la Provincia.

Qué significa en la práctica

El Fiscal de Estado es nombrado por el Gobernador con acuerdo legislativo y dura lo que dura el del Gobernador que lo designó, siendo inamovible en ese período salvo causales constitucionales. Debe ser abogado con 7 años de ejercicio y 5 de residencia en la provincia.

Ejemplo práctico

Un abogado de Trelew con 8 años de ejercicio y 6 de residencia en Chubut puede ser designado Fiscal de Estado por el Gobernador, con acuerdo de la Legislatura, y ejercer el cargo hasta que termine el mandato gubernamental.

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