Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución Nacional y la presente reconocen, se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos, los tratados y los acuerdos internacionales sobre la misma materia ratificados por la Nación Argentina. Es responsable el funcionario o magistrado que ordene, consienta o instigue la violación de los derechos humanos u omita tomar las medidas y recaudos tendientes a su preservación. La obediencia a órdenes superiores no excusa esta responsabilidad.
Qué significa en la práctica
Los derechos constitucionales se interpretan según los tratados internacionales de derechos humanos. El funcionario o juez que viole esos derechos —o que no haga nada para evitar su violación— es personalmente responsable, y no puede excusarse alegando que cumplía órdenes.
Ejemplo práctico
Un juez chubutense que aplique prisión preventiva de manera irrazonable puede ser responsabilizado personalmente por violación de derechos humanos, aun cuando haya seguido instrucciones de un superior.