Ley 0

Artículo 235Regionalización y Ordenamiento Territorial

Texto oficial

La regionalización para el desarrollo integral debe realizarse sobre la base de la participación de los municipios en la elaboración de las políticas provinciales en materia de ordenamiento territorial de los espacios interjurisdiccionales, cuando los ejidos municipales se encuentren comprendidos o vinculados a planes y procesos de desarrollo económico social a escala regional o subregional.

Qué significa en la práctica

Cuando la provincia planifica el ordenamiento territorial de zonas que abarcan varios municipios, debe hacerlo con participación activa de esos municipios. La planificación regional no puede ser impuesta "desde arriba" sin consultar a los gobiernos locales involucrados.

Ejemplo práctico

Si la provincia elabora un plan de desarrollo para el corredor costero entre Puerto Madryn y Trelew, debe convocar a los municipios de esa zona para que participen en la formulación de ese plan y no sean simples receptores de decisiones provinciales.

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