Ley 0

Artículo 266Necesidad: Ley Especial

Texto oficial

La necesidad de la reforma debe ser declarada por sancionada con el voto de las dos terceras partes del total de los miembros de la Legislatura, determinando si la misma es total o parcial y en este caso, los artículos o materias que serán reformados. La ley que declare la necesidad de la reforma no puede ser vetada.

Qué significa en la práctica

Antes de reformar la Constitución, la Legislatura debe declarar la necesidad de reforma con dos tercios de sus miembros, especificando si es total o parcial y qué artículos se modificarán. El Ejecutivo no puede vetar esa ley.

Ejemplo práctico

Si la Legislatura quiere reformar el sistema electoral provincial, primero debe sancionar una ley con dos tercios de sus miembros que declare esa necesidad; el gobernador no puede vetarla.

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