Para ser convencional se requiere las mismas calidades que para ser diputado. El cargo de convencional es incompatible con los cargos de Gobernador, Vicegobernador, ministros, secretarios y subsecretarios, titulares de entes autárquicos y sociedades o empresas del Estado, personal jerárquico en actividad de la Policía Provincial, Fiscal de Estado, Contador General de la Provincia, integrantes de los tribunales de cuentas, magistrados y funcionarios del Poder Judicial, diputados y con cualquier otro cargo electivo nacional, provincial y municipal. Los convencionales gozan de las mismas inmunidades y privilegios que los diputados, desde la fecha de su proclamación hasta su cese.
Qué significa en la práctica
Para ser convencional se exigen los mismos requisitos que para ser diputado. No puede ejercerse simultáneamente con ningún cargo ejecutivo, judicial, legislativo, ni directivo en organismos del Estado. Los convencionales tienen las mismas inmunidades que los diputados.
Ejemplo práctico
Un juez provincial no puede ser convencional constituyente mientras esté en actividad; debería renunciar a la magistratura para asumir ese cargo.