Artículo 31ºPersonas con Capacidades Excepcionales
Texto oficial
El Estado posibilita activamente el desarrollo pleno de las personas con capacidades o talentos de notorio nivel y facilita la educación correspondiente.
Qué significa en la práctica
El Estado debe apoyar activamente a las personas con talentos excepcionales, facilitándoles acceso a la educación y los medios necesarios para desarrollarlos al máximo.
Ejemplo práctico
Un joven chubutense con aptitudes sobresalientes para las ciencias puede exigir al Estado provincial el acceso a programas educativos avanzados o becas específicas con base en este artículo.