Ley 0

Artículo 75Aportes y Riesgos del Trabajo

Texto oficial

Los regímenes de previsión y de seguridad social se costean con el concurso equitativo de la Provincia, los empleadores y trabajadores. Los funcionarios, electivos o no, aportan al sistema previsional y de la seguridad social provinciales. Los riesgos propios de los accidentes de trabajo, de enfermedades profesionales e incapacidad producida en ocasión del trabajo y aquellas no imputables al trabajador, están a cargo exclusivo de los empleadores, sean personas de derecho público o privado.

Qué significa en la práctica

La seguridad social es financiada en forma tripartita (Provincia, empleadores y trabajadores). Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales son siempre responsabilidad exclusiva del empleador, ya sea público o privado.

Ejemplo práctico

Si un empleado municipal de Chubut sufre un accidente de trabajo, el municipio debe hacerse cargo de la indemnización ya que los empleadores del sector público también responden exclusivamente por los riesgos laborales.

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