Ley 0

Artículo 80Promoción de la Persona

Texto oficial

Es del Estado remover los obstáculos de orden económico y social que, limitando de hecho la libertad e igualdad de los ciudadanos, impiden el pleno desarrollo de la persona y la efectiva participación de todos los ciudadanos en la organización política, económica y social de la Provincia.

Qué significa en la práctica

El Estado no solo debe abstenerse de vulnerar derechos: tiene la activa de eliminar las desigualdades reales que impiden que los ciudadanos participen plenamente en la vida política, económica y social de Chubut.

Ejemplo práctico

Un programa de becas o de subsidio al transporte para habitantes de zonas rurales de Chubut puede ser exigido al Estado con base en este artículo, que obliga a remover los obstáculos de hecho a la igualdad.

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