Ley 0

Artículo 83Desarrollo de la Economía

Texto oficial

La riqueza, la producción, el crédito, las industrias, el consumo y el intercambio sirven a la sociedad y al bienestar común. El Estado fomenta y protege la producción y su diversificación y, en especial, el turismo, las industrias madre y las transformadoras de los recursos provinciales, a cuyo efecto puede conceder, con carácter temporario, exención de impuestos y contribuciones u otros beneficios compatibles con esta Constitución, protegiendo al pequeño productor, o concurrir a la formación de sus capitales y el de los ya existentes, participando de la dirección y de la distribución de sus beneficios. Igualmente fomenta y orienta la aplicación de todo sistema, instrumento o procedimiento que tienda a facilitar la comercialización de la producción, aunque para ello deba acudir con sus recursos o con su crédito.

Qué significa en la práctica

La economía está al servicio del bienestar colectivo. El Estado puede otorgar exenciones impositivas temporales para fomentar el turismo, las industrias estratégicas y a los pequeños productores. También puede participar en la dirección de empresas si aporta capital.

Ejemplo práctico

La Provincia puede otorgar exenciones impositivas a nuevas industrias que procesen recursos patagónicos (pesca, lana, petróleo) para agregar valor en territorio chubutense, con base en este artículo.

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