Ley 0

Artículo 92Tesoro Provincial

Texto oficial

El Gobierno de la Provincia provee a los gastos de su administración con los fondos del tesoro provincial, formado del producto de la venta o de tierras fiscales, del canon sobre pertenencias mineras, de las regalías provenientes de la explotación de sus recursos naturales, de la venta de otros bienes de su propiedad, de los tributos, de los empréstitos y operaciones de crédito autorizados por la Legislatura para empresas de utilidad pública, de la renta producida por la tenencia o realización de títulos públicos o privados y demás ingresos provenientes de otras fuentes de recursos.

Qué significa en la práctica

Este artículo enumera las fuentes del tesoro provincial: tierras fiscales, cánones mineros, regalías de recursos naturales, tributos, empréstitos autorizados por la Legislatura y rentas de inversiones.

Ejemplo práctico

Las regalías que paga YPF por la extracción de petróleo en Chubut son una de las fuentes constitucionales del tesoro provincial y deben destinarse al financiamiento del gasto público.

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