Artículo 99Dominio y Aprovechamiento de Recursos Naturales
Texto oficial
El Estado ejerce el originario y eminente sobre los recursos naturales renovables y no renovables, migratorios o no, que se encuentran en su territorio y su mar, ejerciendo el control ambiental sobre ellos. Promueve el aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo, conservación, restauración o sustitución.
Qué significa en la práctica
Todos los recursos naturales —petróleo, pesca, minerales, agua— son de originario de Chubut, que también ejerce el control ambiental. El aprovechamiento debe ser racional y sustentable.
Ejemplo práctico
Chubut es titular de los recursos pesqueros en su mar territorial y puede establecer vedas, cuotas y condiciones ambientales para su explotación, ya que ejerce dominio originario sobre ellos.