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Constitución de la Provincia de La Pampa

VigenteConstituciónProvincial
Sanción:6 de octubre de 1960BO:6 de octubre de 1960Ver fuente oficial
132artículos
Derechos y garantíasDerechos socialesRégimen electoralRecursos hídricosEducación públicaRégimen municipalSistema electoralAutonomía provincial
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Constitución de La Pampa organiza el Estado provincial bajo el sistema republicano representativo, con Poder Legislativo unicameral (Cámara de Diputados), Poder Ejecutivo unipersonal (Gobernador y Vicegobernador con de 4 años y reelección por un período) y Poder Judicial encabezado por el Superior Tribunal de Justicia. Garantiza los derechos individuales clásicos y reconoce —trabajo, salud, educación, familia—, regula el régimen económico con énfasis en la función social de la propiedad y crea el Fiscal de Estado, el Tribunal de Cuentas y el Jurado de Enjuiciamiento como órganos de control. Establece un régimen municipal autónomo con Cartas Orgánicas para los municipios de más de 5.000 habitantes.

Objetivo

Organizar el Estado de la Provincia de La Pampa bajo principios republicanos, garantizar los derechos y libertades de sus habitantes, establecer un régimen económico justo y asegurar la .

Problema que resuelve

Dotó a la entonces reciente provincia (creada en 1952) de un texto constitucional propio, adaptado a su realidad pampeana, estableciendo las bases institucionales para su desarrollo político, económico y social.

A quiénes alcanza

ciudadanos de La Pampamunicipiosfuncionarios provincialesmagistradosempleados públicosdocentestrabajadores
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado debe garantizar la educación pública, gratuita y laica (Art. 32)
  • Los funcionarios deben presentar declaración jurada de bienes al asumir y cesar (Art. 32)
  • El Gobierno debe rendir cuentas anuales de la inversión de los fondos públicos ante el Tribunal de Cuentas (Art. 103)
  • Los municipios con más de 5.000 habitantes deben dictarse su propia Carta Orgánica (Art. 115)

Derechos que reconoce

  • Derecho a la educación en todos los niveles (Art. 32)
  • Derecho al trabajo y a la protección social de los trabajadores (Arts. 33-37)
  • Derecho a la salud (Art. 38)
  • Derecho a la vivienda digna (Art. 39)
  • Derecho de los municipios a la autonomía institucional (Art. 115)
  • Garantía del y (Arts. 14-15)

Sanciones

  • Los funcionarios pueden ser removidos por ante el Jurado de Enjuiciamiento (Arts. 109-113)
  • Los diputados pueden ser suspendidos o expulsados por la Cámara con dos tercios de votos (Art. 60)
  • El Tribunal de Cuentas puede formular reparos y observaciones a la ejecución presupuestaria (Arts. 103-108)

Casos de uso

  • Consultar los requisitos para ser diputado provincial, gobernador o magistrado del Superior Tribunal (Arts. 54, 71, 88)
  • Verificar el procedimiento de reforma constitucional y los límites de la Convención Constituyente (Arts. 125-127)
  • Conocer las atribuciones del Fiscal de Estado y su rol en los juicios contra la Provincia (Arts. 100-101)
  • Entender el mecanismo de referéndum y consulta popular para asuntos de interés general (Art. 50)

Preguntas frecuentes

Se elige un diputado por cada 10.000 habitantes o fracción no menor a 5.000. Los diputados duran 4 años y la Cámara se renueva íntegramente al mismo tiempo que el Poder Ejecutivo (Art. 53).