Ley 0

Artículo 13Límites de la libertad

Texto oficial

La Provincia no reconoce libertad paraatentar contra la libertad, sin perjuicio del derecho individual o colectivo de emisión delpensamiento dentro del terreno doctrinario, sometido únicamente a las prescripcionesde la ley.La provincia no reconoce organizaciones, cualesquiera sean sus fines, que sustentenprincipios opuestos a las libertades individuales y sociales reconocidas por esta Constitución o atentatorias del sistema democrático republicano en que esta se inspira.
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