El Fiscal de Estado es el encargado de la defensa judicial de los intereses públicos y privados de la provincia y del patrimonio fiscal. Tendrá personería para demandar la e inconstitucionalidad de leyes, decretos, reglamentos, contratos o resoluciones en el solo interés de la ley o en defensa de los intereses fiscales de la provincia. Será también parte en los procesos que se formen ante el Tribunal de Cuentas. La ley reglamentará sus funciones.