En caso de , los actos que sus representantes ejecuten en el desempeño de sus funciones serán exclusivamente administrativos, con excepción de los que deriven del estado de necesidad. Serán válidos en la provincia sólo si hubieren sido realizados de acuerdo con esta Constitución y las leyes provinciales. La podrá ser declarada a instancia de parte. Los funcionarios y empleados designados por la Intervención quedarán en comisión el día en que termine la misma. Los sueldos, retribuciones, compensaciones, viáticos y demás adicionales del interventor federal, ministros, secretarios de Estado, subsecretarios y funcionarios no escalafonados designados por la Intervención no serán abonados por el Gobierno de la provincia.-