Ley 0

Artículo 76Participación Política

Texto oficial

Es derecho y deber de todo ciudadano participar en la vida política. Esta Constitución reconoce los siguientes derechos políticos: 1.- Derecho a elegir y ser elegido. 2.- Derecho a constituir e integrar asociaciones de carácter político. 3.- Derecho a peticionar a las autoridades cuando la petición esté dirigida a gestionar un interés público o medidas que beneficien a un sector o a toda la comunidad. 4.- Derecho a reuniones de carácter político y a publicar ideas políticas sin censura previa. La ley reglamentará el ejercicio de estos derechos.-
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