Ley 0

Artículo 40

Texto oficial

La libertad de enseñar y de aprender las ciencias y las artes es un derecho que no podrá coartarse con medidas limitativas de ninguna especie. Es libre la investigación científica. La Cámara de Representantes proveerá por ley el establecimiento de un sistema de educación que contemple primordialmente la instruccción primaria y secundaria, y organizará la instrucción especial y superior.
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