Ley 0

Artículo 54

Texto oficial

La ley reglamentará la colonización oficial o privada, sobre las siguientes bases: 1. Distribución por unidades económicas del tipo familiar, de acuerdo a su calidad y destino, evitando el minifundio. 2. Explotación directa y racional por el adjudicatario. 3. Adjudicación preferencial a grupos organizados en cooperativas. 4. Trámite sumario para el otorgamiento de los títulos, una vez cumplidas las exigencias legales. 5. Otorgamiento de crédito oficial con destino a la vivienda y producción.
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