Ley 24.430

Artículo 59Senado — juicio político (tribunal)

Texto oficial

Al Senado corresponde juzgar en juicio público a los acusados por la Cámara de Diputados, debiendo sus miembros prestar juramento para este acto. Cuando el acusado sea el Presidente de la Nación, el Senado será presidido por el Presidente de la Corte Suprema. Ninguno será declarado culpable sino a mayoría de los dos tercios de los miembros presentes.

Qué significa en la práctica

El Senado es el tribunal del . Cuando Diputados acusa a un funcionario de alto rango, el Senado juzga en sesión pública con sus miembros bajo juramento. Para condenar se necesitan 2/3 de los senadores presentes. Si el acusado es el Presidente, el juicio lo preside el presidente de la Corte Suprema (para evitar que el Vice juzgue a su propio jefe).

Ejemplo práctico

Cuando en 2013 se juzgó políticamente a los jueces de la Corte de Santa Cruz, el Senado funcionó como tribunal bajo la presidencia del vicepresidente de la Nación, con votación abierta de los senadores.

Efectos prácticos

  • El Senado necesita 2/3 de los presentes para condenar
  • La condena solo puede ser la remoción del cargo y la inhabilitación para ejercer cargos públicos
  • Si el acusado es el Presidente, preside el juicio el titular de la Corte Suprema
  • El juicio es público
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