Ley 24.430

Artículo 62Senado — vacantes

Texto oficial

Cuando vacase alguna plaza de senador por muerte, renuncia u otra causa, el Gobierno a que corresponda la vacante hace proceder inmediatamente a la elección de un nuevo miembro.

Qué significa en la práctica

Si un senador muere, renuncia o queda vacante, el gobierno de la provincia (o la CABA) debe convocar inmediatamente a elecciones para cubrir esa banca. En la práctica, el sistema de suplentes cubre estas vacantes temporalmente.

Ejemplo práctico

Cuando una senadora por Santa Cruz renuncia para asumir otro cargo, el gobernador de Santa Cruz debe convocar a elecciones para cubrir esa banca o confirmar al suplente.

Efectos prácticos

  • Las vacantes senatoriales deben cubrirse con nueva elección
  • En la práctica se cubren con los suplentes de la lista original
  • La convocatoria es responsabilidad del Poder Ejecutivo provincial
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