Ambas Cámaras se reunirán por sí mismas en sesiones ordinarias todos los años desde el primero de marzo hasta el treinta de noviembre. Pueden también ser convocadas extraordinariamente por el Presidente de la Nación o prorrogadas sus sesiones.
Qué significa en la práctica
El Congreso sesiona ordinariamente del 1° de marzo al 30 de noviembre (9 meses). Durante diciembre, enero y febrero (receso parlamentario) el Presidente puede convocar sesiones extraordinarias para tratar temas urgentes. También el Presidente puede prorrogar las sesiones ordinarias más allá del 30 de noviembre si hay temas pendientes.
Ejemplo práctico
Muchos años el Presidente convoca al Congreso en sesiones extraordinarias durante enero para tratar el presupuesto o reformas urgentes que quedaron sin sancionarse en el período ordinario.
Efectos prácticos
•Período ordinario: 1° marzo — 30 noviembre
•En receso, solo el Ejecutivo puede convocar al Congreso
•Las sesiones extraordinarias deben tener temario fijo
•El Congreso también puede autoconvocarse en ciertos casos de emergencia