Ley 24.430

Artículo 66Reglamento, corrección y expulsión de miembros

Texto oficial

Cada Cámara hará su reglamento y podrá con dos tercios de votos, corregir a cualquiera de sus miembros por desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones, o removerlo por inhabilidad física o moral sobreviniente a su incorporación, y hasta excluirle de su seno; pero bastará la mayoría de uno sobre la mitad de los presentes para decidir en las renuncias que voluntariamente hicieren de sus cargos.

Qué significa en la práctica

Cada cámara dicta su propio reglamento interno. Con 2/3 de votos puede: (1) sancionar a un miembro por mala conducta; (2) removerlo por incapacidad sobreviniente (que surgió después de asumir); (3) expulsarlo. Para aceptar una renuncia voluntaria basta la mayoría simple. La expulsión es la máxima sanción interna del Congreso.

Ejemplo práctico

En 2005 la Cámara de Diputados expulsó al diputado Luis Patti (ex policía condenado por delitos de lesa humanidad) con más de 2/3 de votos, invocando inhabilidad moral sobreviniente.

Efectos prácticos

  • La expulsión de un legislador requiere 2/3 de votos de su propia cámara
  • Solo puede ser por causas sobrevinientes a la incorporación
  • Cada cámara tiene independencia para dictar sus propias normas de funcionamiento
  • Para aceptar renuncias alcanza la mayoría simple
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