Ley 24.430

Artículo 70Suspensión de legislador condenado

Texto oficial

Cuando algún senador o diputado sea arrestado in fraganti, se dará cuenta a la Cámara con la información sumaria del hecho. Ésta examinará si ha lugar a la formación de causa, y según lo resuelva, lo pondrá o no a disposición de la justicia ordinaria.

Qué significa en la práctica

Complementa al Art. 67: si un legislador es aprehendido en flagrante , se informa inmediatamente a su cámara, y esta decide si lo pone o no a disposición de la justicia. La cámara tiene el poder de proteger al legislador incluso en si considera que el arresto fue un error o una persecución política.

Ejemplo práctico

Si un diputado es detenido mientras presuntamente comete un delito, la policía debe informar de inmediato a la Cámara de Diputados, que decidirá si ratifica o no la detención.

Efectos prácticos

  • El arresto en flagrancia no es definitivo: la cámara lo revisa
  • La cámara puede liberar al legislador si considera que el arresto no corresponde
  • Es una garantía adicional de la autonomía parlamentaria
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