Ley 24.430

Artículo 91Cesación del mandato presidencial

Texto oficial

El Presidente de la Nación cesa en el poder el mismo día en que expira su período de cuatro años; sin que evento alguno que lo haya interrumpido, pueda ser motivo de que se le complete más tarde.

Qué significa en la práctica

El presidencial termina exactamente el día que vence, sin posibilidad de prórroga. Si hubo una interrupción (por ejemplo el presidente estuvo enfermo y el vice asumió temporalmente), eso no "congela" el reloj: el período igual vence cuando vence.

Ejemplo práctico

El mandato de Alberto Fernández venció el 10 de diciembre de 2023 sin importar nada que hubiera ocurrido durante los 4 años. Ese mismo día asumió Milei.

Efectos prácticos

  • El mandato no puede prorrogarse por ninguna razón
  • Las interrupciones temporales no alargan el período
  • El 10 de diciembre del año de vencimiento asume el sucesor
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