Ley 0

Artículo 107Libertad de las expresiones artísticas

Texto oficial

El Estado asegura la libre expresión artística y prohíbe toda clase de censura previa. A tal efecto: a. Reconoce la interculturalidad. b. Fomenta el desarrollo de las actividades culturales. c. Crea y preserva espacios culturales. d. Impulsa la formación artística y artesanal. e. Incentiva la actividad de los artistas regionales. f. Protege y difunde las manifestaciones de la cultura popular. g. Contempla la participación de los creadores y trabajadores de la cultura junto a sus entidades en el diseño y evaluación de las políticas públicas.
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