Ley 0

Artículo 107Regionalización de la Administración Pública Provincial

Texto oficial

El Estado dispone la coincidencia de las circunscripciones administrativas de la Provincia con las regiones, y que éstas sean asiento de las delegaciones de los organismos que presten servicios a los habitantes, agrupados en centros administrativos provinciales localizados en una o más ciudades de las mismas.
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