Ley 0

Artículo 19Aplicación de la Ley Penal

Texto oficial

Sólo pueden aplicarse con efecto retroactivo las leyes penales más favorables al . No pueden reabrirse causas concluidas en materia criminal, excepto cuando se tuviere prueba de la inocencia del condenado. Si de la revisión de una causa penal resulta su inocencia, la Provincia indemniza los daños materiales y morales causados, si hubiere .
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