Ley 0

Artículo 206Atribuciones

Texto oficial

El Superior Tribunal de Justicia tiene las siguientes facultades y deberes: 1. Representa al Poder Judicial y dicta el reglamento interno atendiendo a los principios de celeridad, eficiencia y descentralización. 2. Ejerce la superintendencia de la administración de justicia, sin perjuicio de la intervención del ministerio público y de la delegación que establezca respecto de los tribunales inferiores de cada circunscripción. 3. Designa los miembros que lo representan en los cuerpos previstos en esta Constitución y en las leyes. 4. Ejerce el derecho de iniciativa en materia judicial, pudiendo designar un miembro para que concurra al seno de las comisiones legislativas para fundamentar los proyectos y brindar informes. 5. Informa anualmente al Poder Legislativo sobre la actividad de los tribunales. 6. Inspecciona periódicamente los tribunales y supervisa con los demás jueces las cárceles provinciales. 7. Impone a magistrados y funcionarios sanciones de prevención o apercibimiento, con resguardo del derecho de defensa. Cuando considera que la falta probada puede requerir una sanción mayor, remite lo actuado al Consejo de la Magistratura. 8. Crea el instituto para la formación y perfeccionamiento de magistrados y funcionarios judiciales, con reglamentación de funcionamiento.
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