Ley 0

Artículo 16

Texto oficial

Nadie puede ser sometido a tortura, ni a tratos crueles, degradantes o inhumanos. Todo acto de esta naturaleza hace responsable a la autoridad que lo realice o permita. También es responsable la autoridad que por negligencia en sus funciones, produzca efectos similares. El estado repara los daños provocados. No excusa de esta responsabilidad la obediencia debida.-
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