Ley 0

Artículo 233

Texto oficial

Además de los delitos y faltas de los funcionarios sujeto a la del Jurado de Enjuiciamiento que determina la ley respectiva, son causales de remoción para los magistrados del Poder Judicial : la mala conducta, la negligencia, el desconocimiento reiterado y notorio del derecho y la morosidad injustificada en el ejercicio de sus funciones
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