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Constitución de la Provincia de San Juan
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Art. 94
Ley 0
Artículo 94
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Texto oficial
El Estado fomenta, afianza y revitaliza la función de la escuela rural y municipal, como eje de la comunidad a que pertenece ; también aplica una política que atiende a la educación en las áreas de frontera y de población dispersa
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