Ley 0

Artículo 104

Texto oficial

Para ser diputado se requiere: 1) Ser ciudadano argentino, o naturalizado con cinco a±os de ejercicio de la ciudadanía. 2) Tener veintiún a±os cumplidos. 3) Tener tres años de residencia inmediata, real y continua en el departamento que represente, no causando interrupción la ausencia motivada por ejercicio de cargos públicos nacionales o provinciales
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