Ley 0

Artículo 170

Texto oficial

Para ser Contador General de la Provincia se requiere poseer título universitario inherente al cargo, cinco a±os de ejercicio profesional o desempeño de cargo que requiere tal condición y veinticinco a±os de edad. Sus responsabilidad, funciones, forma de remoción y sus causas, son determinadas por la ley respectiva
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