Ley 0

Artículo 199

Texto oficial

Son funciones del Consejo de la Magistratura: 1) Proponer por terna al Poder Ejecutivo, el nombramiento y traslado de los magistrados judiciales y titulares del Ministerio Público, que se especifican en el artículo 196 segunda parte. 2) Organizar y resolver los concursos de antecedentes merituando integralmente la personalidad del postulante, en función del cargo a discernir. 3) Dictar su reglamento de organización y funcionamiento
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