Además de los delitos y faltas de los funcionarios sujetos a la del Jurado de Enjuiciamiento que determine la ley respectiva, son causales de remoción para los magistrados y miembros del Ministerio Público del Poder Judicial: la mala conducta, la negligencia, el desconocimiento reiterado y notorio del derecho y la morosidad injustificada en el ejercicio de sus funciones