Los miembros del Tribunal de Cuentas se eligen de la siguiente manera: 1) Tres de ellos por la Cámara de Senadores a propuesta del Poder Ejecutivo, conservan sus cargos mientras dura su buena conducta y cumplan las obligaciones legales conforme a las disposiciones de esta Constitución. 2) Los dos miembros restantes por la Asamblea Legislativa a propuesta, uno de la mayoría y el otro por la minoría. Duran dos a±os en sus funciones, coincidiendo su con las renovaciones legislativas