Ley 0

Artículo 264

Texto oficial

El concejo deliberante puede, por simple mayoría de votos de la totalidad de sus miembros, suspender en sus funciones al intendente y miembros del concejo deliberante, cuando exista proceso penal por doloso que conlleve a la y ésta haya sido dictada, o por inhabilidad física o mental sobreviniente transitoria y hasta que cese la misma
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