Ley 0

Artículo 268

Texto oficial

Los intendentes municipales, presidentes de comisión, intendentes comisionados y delegados municipales, duran cuatro a±os en sus funciones, pudiendo ser reelectos por un período consecutivo. Los integrantes de los concejos de vecinos y los concejales, duran cuatro años en sus funciones, pudiendo ser reelectos. Estos últimos se renuevan por mitad cada dos a±os
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