Ley 0

Artículo 286

Texto oficial

La Convención estima el término de duración de su cometido, el que no puede exceder de un a±o desde el día de la elección de sus miembros, debiendo practicarse nueva elección si, transcurrido tal plazo, no hubiese cumplido su
← Ver en Constitución de la Provincia de San Luis completaConstituciones