La ley electoral se dicta con sujeción a las siguientes bases: 1) Voto secreto, universal, igual y obligatorio. 2) Padrón nacional y/o provincial. 3) Escrutinio público inmediato en cada mesa. 4) Uniformidad para toda la Provincia. 5) Representación de las minorías por el sistema que adopte la ley. 6) Descentralización y fiscalización del comicio. 7) Libertad electoral garantida por la autoridad pública y sanciones penales contra los que en cualquier forma la conculquen