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Constitución de la Provincia de Santa Cruz

VigenteConstituciónProvincial
Sanción:11 de noviembre de 1998BO:11 de noviembre de 1998Ver fuente oficial
157artículos
Derechos y garantíasDerechos socialesRecursos naturalesTerritorio marítimoRégimen municipalSistema electoralAutonomía provincialReforma constitucional
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Constitución de Santa Cruz de 1998 organiza el Estado bajo principios republicanos y representativos. Establece derechos individuales y sociales, y regula un Poder Legislativo unicameral (Cámara de Diputados), un Poder Ejecutivo encabezado por el Gobernador y Vicegobernador, y un Poder Judicial. Incluye organismos de control como el Tribunal de Cuentas, el Tribunal Disciplinario y la Fiscalía de Estado, y un régimen de reforma constitucional.

Objetivo

Organizar el Estado de la Provincia de Santa Cruz bajo principios republicanos, garantizando los derechos de sus habitantes, estableciendo la estructura de los tres poderes y asegurando la .

Problema que resuelve

Modernizó el marco constitucional provincial incorporando , protección ambiental, y organismos de control independientes del poder político ejecutivo.

A quiénes alcanza

ciudadanos de Santa Cruzmunicipiosfuncionarios provincialesmagistradosempleados públicostrabajadoresdocentesinversorescomunidadesconsumidores
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado debe garantizar los derechos individuales y sociales reconocidos en la Constitución
  • El Estado debe asegurar la educación pública en todos los niveles
  • Los municipios tienen autonomía institucional, política, administrativa y financiera
  • El Tribunal de Cuentas debe fiscalizar la inversión de los fondos públicos provinciales

Derechos que reconoce

  • Derechos individuales: libertad personal, privacidad, inviolabilidad del domicilio (Arts. 1-42)
  • : trabajo, salud, vivienda, educación, seguridad social (Arts. 44-76)
  • Derecho a la educación pública gratuita (Arts. 81-83)
  • Derechos de participación política: sufragio, iniciativa, referéndum (Arts. 77-80)

Sanciones

  • Los funcionarios pueden ser sometidos a ante la Cámara de Diputados (Arts. 137-139)
  • Los magistrados son removibles por el órgano competente según la Constitución
  • El Tribunal de Cuentas puede formular cargos a responsables de fondos públicos

Casos de uso

  • Consultar los requisitos para ser diputado provincial o gobernador de Santa Cruz
  • Verificar el procedimiento de reforma constitucional (Arts. 155-157)
  • Conocer el régimen de en la provincia (Arts. 140-154)
  • Entender las atribuciones del Poder Ejecutivo provincial (Arts. 119-122)
  • Consultar el rol del Tribunal de Cuentas y la Fiscalía de Estado

Preguntas frecuentes

La Constitución de Santa Cruz de 1998 tiene 157 artículos, organizados en diez secciones que abarcan los derechos y garantías, los tres poderes del Estado, organismos de control, régimen municipal y la reforma constitucional.