Ley 0

Artículo 128

Texto oficial

La Corte Suprema de Justicia: 1) representa al Poder Judicial de la Provincia; 2) ejerce la superintendencia general de la administración de justicia, que puede parcialmente delegar, de acuerdo con la ley, y la consiguiente potestad disciplinaria; 3) dicta los reglamentos y disposiciones que conduzcan al mejor desempeño de la función judicial; 4) dispone, según normas propias, de las partidas para inversiones y gastos de funcionamiento asignadas al Poder Judicial por la ley de presupuesto, sin perjuicio de rendir cuentas; 5) designa, previo concurso, a los funcionarios y empleados del Poder Judicial y los remueve conforme a la ley; 6) envía a los poderes legislativos y ejecutivo un informe anual sobre el estado de la administración de justicia; 7) propone en cualquier tiempo reformas de organización o procedimiento encaminadas a mejorar la administración de justicia; y 8) ejerce las demás funciones que le encomiende la ley.
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