Ley 0

Artículo 145

Texto oficial

La Defensoría del Pueblo es un órgano que tiene como misión principal la promoción, protección y defensa de los derechos e intereses de los individuos y de la comunidad frente a los actos, hechos y omisiones de la Administración Pública y prestadores de servicios públicos. Está a cargo de un . Su designación y remoción, así como los alcances de sus funciones y su legitimación procesal son establecidos por ley.
← Ver en Constitución de la Provincia de Santa Fe completaConstituciones