Ley 0

Artículo 29

Texto oficial

Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales en entornos digitales y ejerce sobre ellos el control en el uso, gestión, circulación y conservación de su información personal. Toda persona tiene derecho a conocer de forma clara, accesible y comprensible los criterios, parámetros y lógicas utilizadas en los sistemas automatizados o algorítmicos de toma de decisiones y a la intervención de una cuando esa decisión pueda afectar sus derechos, especialmente en los que se implemente inteligencia artificial u otras tecnologías emergentes. La Provincia o los terceros que presten servicios de interés público deben adoptar sistemas algorítmicos transparentes y auditables y promover mecanismos de evaluación de impacto y resguardo frente a sesgos o discriminación.
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