Ley 0

Artículo 5

Texto oficial

La Provincia garantiza la plena vigencia de sus instituciones democráticas, en orden a mantener su imperio aun cuando se interrumpa o se intente interrumpir su observancia por actos de fuerza contra el orden institucional o el sistema democrático o se usurpen o prorroguen funciones o poderes en violación del régimen constitucional. Estos actos son nulos, de absoluta e insanable. Quienes los lleven adelante, ordenen, ejecuten o consientan serán pasibles de inhabilitación absoluta y perpetua para ocupar cargos públicos y quedarán excluidos de los beneficios de la conmutación de penas y del indulto. Toda persona tiene derecho de resistencia contra quienes ejecuten los actos de fuerza enunciados. Atenta contra el sistema democrático quien incurra en grave doloso contra el Estado que implique enriquecimiento. Estos actos conllevan inhabilitación para ocupar cargos o empleos públicos por el tiempo que las leyes determinan. La Provincia garantiza la existencia de mecanismos independientes y autónomos destinados a promover la transparencia, prevenir y disuadir hechos de corrupción y fortalecer la ética pública en la gestión. La Provincia sostiene el respeto a los símbolos patrios y a su bandera.
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