Ley 0

Artículo 51

Texto oficial

La Provincia y los municipios establecen, en el ámbito de sus respectivas competencias, marcos regulatorios para la organización, la gestión directa o indirecta y el control de los servicios públicos, de conformidad con los principios de igualdad, universalidad, regularidad, continuidad, obligatoriedad y sostenibilidad. Los marcos regulatorios deben fijar estándares de calidad, eficacia y eficiencia en la prestación, incorporar mecanismos de control, establecer sistemas de protección e incluir instancias de participación para las personas usuarias. La regulación y organización de los servicios públicos promueven el acceso a las prestaciones de acuerdo a su vinculación con otros derechos fundamentales. La Provincia reconoce la importancia estratégica de los servicios públicos para la gestión de recursos, el desarrollo sostenible del territorio y de las actividades productivas.
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