Los órganos de la Provincia observan los principios de integridad, transparencia y rendición de cuentas. Sus funcionarios y agentes ejercen su función de conformidad con la ley de ética pública y están obligados a presentar información patrimonial y de conflictos de intereses en forma actualizada y pública, según disponga la ley. Las inmunidades establecidas por esta Constitución y las leyes solo se aplican a los sujetos y con el alcance previsto. No se pueden establecer inmunidades más amplias. Se garantiza el y la resolución de conflictos en un plazo razonable. Se deben establecermecanismos que permitan accionar para garantizar los principios democráticos y republicanos.